Podría parecer lo contrario, pero los contratos laborales pueden convertirse en auténticos líos legales a causa de todos los matices que hay que tener en cuenta a la hora de que se ejecuten de manera correcta. Sobre todo, en aquellas situaciones donde tanto trabajador como empresa omiten detalles para poner las cosas a su favor.
No obstante, la justicia suele arrojar algo de luz sobre aquellas materias laborales más confusas y, especialmente, alrededor de aquellas circunstancias que pueden ser consideradas como contradictorias. Algo que ocurre, por ejemplo, entre las vacaciones y la baja laboral.
La cosa es que hay muchos trabajadores que creen que no tienen derecho a generar vacaciones en aquellos días en los que se han cogido el permiso parental. Pero, ¿qué es lo que dice la justicia exactamente?
En este caso, la última resolución del Tribunal Supremo se pone a favor de los empleados: aunque estén disfrutando del permiso parental, no perderán días de vacaciones a causa del mismo. Eso sí, establece algunas excepciones.
En este mismo sentido, el Tribunal Supremo especifica que, en caso de que el empleado quiera disfrutar del permiso de forma no contínua, la empresa tendrá derecho a exigir que dichos periodos sean, como mínimo, de una semana.
Algo que permitiría a esta última organizarse en relación a la baja y coordinar una posible sustitución temporal del empleado que la haya solicitado el permiso parental. Por tanto, se podría decir que la resolución del Tribunal Supremo contempla las dos partes del conflicto.
De hecho, estamos ante un caso que sentaría un precedente de cara al futuro. Sobre todo, de cara a esclarecer elementos contractuales que resultan confusos, por mucho que el Estatuto de los Trabajadores posea una normativa clara frente a los mismos.
Por tanto, el Tribunal Supremo lo deja bastante claro: si un empleado solicita el permiso parental, dichos días laborables seguirán contando de cara a la generación de vacaciones, las cuales no podrán ser reducidas por la empresa a causa de la baja.